domingo, 12 de febrero de 2012

El Gobierno del PP aprueba la nueva reforma laboral.

El Consejo de Ministros ha aprobado su anunciada reforma laboral, que liquida el contrato con indemnización de 45 días. El despido de referencia a partir de ahora será el de 20 días de indemnización por año trabajado. Las empresas podrán presentar un despido procedente por causas objetivas, con 20 días de indemnización, sin necesidad de autorización administrativa previa, y será el trabajador el que tenga que recurrir al juez para demostrar su improcedencia. En su caso, si el juez le da la razón, se le reconocerá una indemnización de 33 días por año.
Se facilita el despido por causas económicas, ya que se reconocen como tales la existencia de pérdidas actuales o futuras o la disminución de su nivel de ingresos o de ventas si estas se producen durante tres trimestres consecutivos. Aquí la indemnización para el trabajador será de 20 días por año trabajado y un máximo de 12 mensualidades.
Otro de los puntos clave de la reforma es que la indemnización para trabajadores fijos que sean despedidos de forma improcedente se reduce de 45 a 33 días por año trabajado con un máximo de 24 mensualidades. Afecta a todos los contratos, no sólo a los nuevos.
Otras de las medidas aprobadas es que los contratos temporales no podrán durar más de dos años o 24 meses. Se pretende acabar con la temporalidad. Asimismo, las empresas que cuenten con menos de 50 trabajadores y los autónomos podrán hacer uso del nuevo contrato indefinido para emprendedores, que permite al trabajador compatibilizar el cobro de un salario y el 25% de la prestación por desempleo.
Además, la empresa tendrá derecho a una deducción fiscal de 3.000 euros cuando contrate a un trabajador menor de 30 años. El periodo de prueba será de un año.
Los convenios de empresa tendrán preferencia sobre los sectoriales, y una vez cumplido un convenio las partes deberán negociar uno nuevo en un plazo máximo de dos años. A partir de esa fecha, el convenio ya no estará vigente.
Pero uno de sus puntos estelares es que en caso de despido colectivo ante situaciones de caída de la demanda se elimina la autorización administrativa necesaria para llevar cabo la medida.