martes, 18 de abril de 2017

Desde hoy se desarrolla una nueva campaña de vigilancia y control de velocidad.

Autovía de Andalucía a su paso por el término municipal de Lopera.
La Dirección General de Tráfico va a llevar a cabo durante toda esta semana una campaña de vigilancia y control de velocidad, con el objetivo de que los conductores  tomen conciencia de los riesgos del exceso de velocidad, causante del 20% de los casos de accidentes mortales en carretera. La operación, que se ha iniciado hoy lunes, día 17, coincidiendo con el último día de la Operación Retorno de Semana Santa, concluirá el próximo domingo, día 23. Desde la entrada en vigor de la Ley del Permiso por Puntos más de un 40% de las sanciones y más de un 48% de los puntos detraídos lo han sido por causa del exceso de velocidad.
En la última campaña llevada a cabo para este objetivo, en agosto del pasado año, fueron controlados en las carreteras de la provincia de Jaén 5.526 vehículos, de los que 660 conductores resultaron infractores y, por tanto, denunciados por exceso de velocidad, lo que supone cerca del 12% de los automóviles controlados, cuatro puntos por encima del porcentaje de la campaña anterior (abril de 2016).
A esos resultados hay que sumar los controles que las policías locales realizaron en los núcleos urbanos, colaboración muy importante para unificar el mensaje de respeto de los límites de velocidad establecidos, independientemente de la vía por la que se circule.
Durante los siete días que durará la operación se incrementarán los controles en carretera, con participación del mayor número posible de medios humanos y materiales. Sobre todo se reforzará la vigilancia en las carreteras convencionales (las que disponen de un solo carril en cada sentido), en las que se detectan el 65% de las infracciones por velocidad.
La velocidad genérica máxima para turismos y motos en autopistas y autovías sigue siendo 120Km/h. En carreteras secundarias, de 100 km/h o 90 km/h en función de la anchura del arcén y en vías urbanas dicha velocidad genérica es de 50 km/h.
Por tanto, y teniendo en cuenta estas velocidades, establecidas en el Reglamento General de Circulación, los conductores que las incumplan estarán cometiendo una infracción grave o muy grave, sancionada con multa de 100 a 600 euros y la pérdida de entre 2 y 6 puntos, dependiendo del exceso de velocidad cometido.
En el caso de que el exceso de velocidad fuera superior en sesenta kilómetros por hora en vía urbana o en ochenta kilómetros por hora en vía interurbana a la permitida reglamentariamente, el Código Penal lo tipifica como delito y es castigado con la pena de prisión de tres a seis meses o a la de multa de seis a doce meses o trabajos en beneficio de la comunidad de treinta y uno a noventa días, y, en cualquier caso, a la privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores por tiempo superior a uno y hasta cuatro años.