jueves, 8 de febrero de 2018

El Consejo de Gobierno aprueba un nuevo decreto para regular la adjudicación de farmacias en Andalucía.

El nuevo decreto regula la adjudicación de farmacias. Foto: Junta de Andalucía.
El Consejo de Gobierno ha aprobado el decreto regulador del procedimiento de adjudicación de nuevas oficinas de farmacia en Andalucía, que se realizará mediante un sistema de concurso público basado en el objetivo fundamental de protección de la salud y en los principios de publicidad, transparencia, concurrencia y mérito.
Las convocatorias, con una periodicidad mínima de cinco años, tendrán en cuenta las necesidades detectadas, las características geográficas de la comunidad y la población de hecho y la estacional, así como el número de farmacias en funcionamiento, su ubicación y distribución territorial. De forma especial, se garantizará la atención a los pequeños núcleos de población.
Cada concurso público se recogerá en una orden que se publicará en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía con las bases de la convocatoria, las oficinas que se ofertan y la reserva del cupo para personas con discapacidad, que será de un mínimo del 5%. Esta norma también recogerá la composición de la Comisión de Baremación y las tasas, plazos y formularios de solicitud.
Entre los méritos que se tendrán en cuenta para la adjudicación, figuran los académicos, la formación de posgrado y la experiencia profesional. Los participantes deberán contar con un título o grado en Farmacia y no podrán participar en el procedimiento quienes hayan transmitido la titularidad o cotitularidad de su oficina cinco años antes de la publicación de la convocatoria. La nueva regulación asegura así la neutralidad, independencia, objetividad, rigor, transparencia y agilidad en las concesiones de nuevas oficinas y su apertura.
La adjudicación se realizará en tres fases. La primera cubrirá como máximo un 20% del total y en ella solo podrán participar los profesionales que, a la fecha de publicación de la convocatoria, sean titulares de oficinas en municipios o núcleos poblacionales de menos de mil habitantes y lo hayan sido durante los últimos diez años.
En la segunda fase, para las oficinas que no hayan resultado adjudicadas en la primera, podrán participar todos los farmacéuticos interesados y también aquellos que no hayan resultado adjudicatarios. La tercera, para los farmacéuticos que no son titulares, adjudicará las oficinas vacantes que hayan quedado disponibles.
Las solicitudes, con la documentación requerida, se presentarán en cualquier registro público. Una vez concluya el plazo de presentación, se publicará una resolución en el BOJA con la lista provisional y, tras el correspondientes periodo de alegaciones, la definitiva. Finalmente, se realizará la baremación y se llevará a cabo la convocatoria pública para ratificar la adjudicación.