Se trata de enmiendas propuestas por el Ministerio que dirige Pablo Bustinduy y registradas en el Congreso de los Diputados tras un acuerdo entre los grupos parlamentarios de Sumar y PSOE.
Según ha informado Pablo Bustinduy, a través de una de estas enmiendas se va a obligar a las empresas a identificar con un código numérico específico (un prefijo) todos los números desde los que hagan llamadas telefónicas comerciales. También a identificar con otro código distinto las llamadas de atención al cliente. Y en base a estos códigos, ha explicado el ministro, la enmienda va a obligar a su vez a los operadores de telecomunicaciones a bloquear todas las llamadas de empresas que no utilicen estos códigos. Esto implicará, y así lo recoge la enmienda, que el Gobierno de España estará habilitado para adaptar el Plan Nacional de Numeración para facilitar la implementación técnica del nuevo sistema de identificación y bloqueo.
Por otra parte, el ministro Bustinduy ha anunciado que desde Consumo
han impulsado otra enmienda a la Ley SAC para declarar nulos los
contratos que se cierren en llamadas telefónicas no consentidas. De esta
manera, se buscará desincentivar a las empresas a hacer llamadas no
deseadas dado que los contratos conseguidos en este tipo de
comunicaciones quedarán anulados. Esta iniciativa, se indica desde
Consumo, responde al creciente volumen de quejas por parte de la
ciudadanía y los testimonios de personas consumidoras que denuncian
sentirse presionadas o confundidas por estas llamadas. Al mismo tiempo
se busca proteger el derecho del consumidor a decidir con libertad e
información suficiente. Además, el ministro ha detallado que, a través
de esta misma enmienda, se obligará a las empresas a renovar cada dos
años el consentimiento con el usuario para recibir llamadas comerciales,
asegurando así que las empresas no se amparen en autorizaciones
indefinidas o ambiguas para seguir contactando a los usuarios.
Más avances en la protección de las personas consumidoras.
Además de estas dos enmiendas, el ministro Bustinduy ha hablado ante los medios de otras enmiendas que han impulsado desde Consumo a esta Ley SAC, también registradas en el Congreso de los Diputados tras un acuerdo entre los grupos parlamentarios de Sumar y PSOE:
– Regular las renovaciones automáticas de contratos no deseadas.
Las empresas estarán obligadas a comunicar con 15 días de antelación la
fecha en la que se producirá la renovación automática de un servicio o
suscripción que haya sido contratado de forma online. Así mismo, las
empresas deberán facilitar la baja voluntaria en caso de que se desee.
– Coto a las reseñas falsas que se publican de manera online. Solo se
podrá publicar una reseña en los 30 días posteriores a la compra del
bien o disfrute del servicio, para garantizar que se corresponde con la
opinión real y reciente de una persona que haya consumido ese bien o
servicio, y para evitar la compraventa de reseñas, algo que ya prohíbe
la ley. Además, la empresa que recibe la reseña tendrá garantizada la
posibilidad de réplica y de solicitar la eliminación de la misma cuando
pueda acreditar que no es real demostrando que quien firma la reseña no
ha comprado el producto o disfrutado del servicio, o demostrando que el
contenido de esa reseña no es verídico.
– Los gastos de gestión deberán incluirse en el precio que se ofrece.
Las empresas estarán obligadas a incluir, desde el principio, el precio
definitivo y final de un bien o servicio que ofrece al consumidor de
forma online. De esta manera, se evita que las empresas comuniquen
precios desagregando cifras, e incluso en distintos momentos del proceso
de compra, como ocurre, por ejemplo, con los gastos de gestión en la
compra online de una entrada o de un billete.
Pablo Bustinduy ha concluido su intervención antes los medios declarando que todas estas enmiendas se enmarcan en la voluntad del Ministerio que dirige de reforzar la protección de los derechos de los consumidores en un contexto económico y digital cada vez más complejo, y de apostar por una regulación que garantice claridad, equidad y respeto a la voluntad del consumidor.