La Consejera de Hacienda, María Jesús Montero. Foto: Junta de Andalucía. |
El Consejo de Gobierno
ha aprobado el Decreto Ley de Medidas Relativas al Impuesto de
Sucesiones y Donaciones, que rebaja la carga tributaria de las
herencias, reforzando su progresividad y equidad, con el fin de
favorecer a las rentas medias y trabajadoras de la comunidad autónoma.
La norma, que entrará en vigor tras su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía,
modifica el Decreto Legislativo 1/2009 por el que se aprueba el texto
refundido de las disposiciones dictadas por Andalucía en materia de
tributos cedidos.
La principal novedad es la ampliación de las deducciones por
la herencia de vivienda habitual para los descendientes directos que
hubieran convivido con el causante durante los dos años anteriores al
fallecimiento. La desgravación oscilará entre el 100% para inmuebles de
hasta 122.606,47 euros y el 95% para aquellos con un valor real de más
de 242.000 euros.
Otra de las reformas introducidas en este ámbito es la
reducción del periodo de mantenimiento del inmueble recibido de diez a
tres años, a partir de los cuales los herederos podrán venderlo.
El decreto ley establece también una reducción automática
del 99% en herencias o donaciones de explotaciones agrarias, con el fin
de facilitar el relevo generacional en este sector clave de la economía
regional.
Los requisitos para acceder a esta desgravación se
flexibilizan, de forma que ya no será necesario que el ejercicio de la
actividad agrícola se desarrolle de manera personal y directa por la
persona fallecida que deja la herencia, sino también por su cónyuge o
descendientes en los casos en los que el titular de la explotación
estuviera jubilado o en situación de incapacidad permanente. Además, se
suprime la condición de que haya sido su principal fuente de renta, dada
la naturaleza de los rendimientos de este tipo de empresas altamente
dependientes de la temporalidad de las campañas agrícolas.
En las herencias y donaciones de explotaciones agrarias
también se reduce el periodo de mantenimiento de la actividad para
beneficiarse de las deducciones fiscales, desde diez años a los cinco
años.
El decreto ley aprobado supone la primera fase de la reforma
del impuesto. La segunda, que se tramitará en la Ley del Presupuesto de
la Comunidad Autónoma para que entre en vigor el 1 de enero de 2017,
corregirá el error de salto que actualmente afecta al tributo y mejorará
la ponderación de las deducciones y los requisitos de acceso a las
bonificaciones. De este modo, se aumentará el mínimo exento de
tributación para las herencias recibidas por parientes directos, que
pasará de 175.000 euros a 250.000 euros. Además, para bases imponibles
de entre 250.000 y 350.000 euros se creará una reducción de 200.000 que
corregirá el salto en esta franja de herencias.
Estas modificaciones adaptarán el impuesto a la realidad
económica y social de la comunidad autónoma, lo que redundará en un
aumento de la renta disponible para los ciudadanos andaluces. El
objetivo es aprovechar la incipiente recuperación económica para avanzar
en un mapa fiscal más beneficioso para las familias y las empresas,
favoreciendo un entorno de oportunidades de empleo e inversión.