Una camarera limpia la mesa de un bar. Foto: Junta de Andalucía. |
La Dirección General de Consumo de la Consejería de Salud y Familias recuerda a las empresas y
profesionales que operan en Andalucía que es ilegal incluir en la
factura, de forma desglosada, un suplemento por los gastos adicionales derivados
del cumplimiento de las medidas de higiene, desinfección, prevención y
acondicionamiento establecidas con motivo del Covid-19. Consumo
advierte de que el cobro de este suplemento de forma desglosada en una factura
podría ser considerado como una cláusula abusiva y derivar en el
correspondiente expediente sancionador.
Las medidas que se han establecido en materia de higiene y
prevención para los establecimientos y locales abiertos al público son de obligado
cumplimiento para las empresas. Por ello, el coste añadido que suponga su
puesta en marcha no puede ser repercutido a la clientela a modo de
suplemento indicado de forma desglosada, ya que no se trata de servicios
accesorios de carácter opcional que la persona consumidora o usuaria puede
aceptar o rechazar, sino que se trata de cuestiones inherentes al desarrollo de
la propia actividad empresarial.
Por tanto, desde Consumo se recuerda a las empresas que pueden
establecer libremente los precios totales de sus productos o servicios,
pero en ningún caso incluir dichos costes añadidos generados por el Covid-19
a modo de suplemento desglosado en la factura, incluso aunque hayan
informado previamente a la clientela de dicho recargo.
Por otra parte, desde Consumo se informa a la ciudadanía de
que si detectan algún negocio en el que se esté llevando a cabo esta práctica
irregular, pueden negarse a abonar dicho suplemento e interponer una hoja
oficial de quejas y reclamaciones ante la empresa, así como denunciarlo
ante la Administración de Consumo para que lo investigue y tome las medidas
oportunas.
En este sentido, a la hora de interponer una denuncia se
debe identificar adecuadamente el establecimiento en el que se ha
producido la infracción, así como describir claramente los hechos ocurridos
y aportar la documentación que pueda resultar de interés para probar la
irregularidad. En este caso, podrían ser fotografías de la información
disponible en el establecimiento sobre el suplemento por Covid-19, en caso
de que la hubiera, o copia del ticket o factura de compra donde se
desglose dicho recargo.
Ante cualquier duda o consulta en materia de consumo, la
ciudadanía puede contactar con Consumo Responde, un servicio gratuito de información y
asesoramiento a las personas consumidoras y usuarias, impulsado por la
Consejería de Salud y Familias. Se trata de un servicio multicanal, al
que se puede acceder de forma continuada a través del número de teléfono 900
21 50 80, de la página web, del correo electrónico consumoresponde@juntadeandalucia.es;
y de los perfiles en las redes sociales Twitter y Facebook.
También se puede recibir asesoramiento en los Servicios
Provinciales de Consumo de las delegaciones territoriales de Salud y
Familias presentes en todas las capitales de provincia, así como en las
Oficinas Municipales de Información al Consumidor (OMIC), y en las organizaciones
de personas consumidoras y usuarias.