En marzo comienza el proceso de escolarización. Foto: Pixabay. |
El domingo 1 de marzo comienza en Andalucía el plazo
para la presentación de solicitudes de admisión en los 3.563 centros
sostenidos con fondos públicos para las enseñanzas de Educación Infantil
(segundo ciclo), Educación Primaria, Educación Especial, Educación
Secundaria Obligatoria (ESO) y Bachillerato, que permanecerá abierto
durante todo el mes de marzo.
En el proceso de escolarización participan todos los niños y
niñas que se incorporan por primera vez al sistema educativo, tanto en
centros públicos como concertados, así como el alumnado que cambie de
centro escolar.
La Consejería de Educación y Deporte ha ofertado para el
próximo curso 2020/21 un total de 1.445.148 plazas públicas y concertadas
para estas enseñanzas. Para el alumnado de 3 años, que se incorpora por primera
vez al sistema educativo, se ofertan 93.100 plazas de nuevo ingreso, de las que
el 81,2% corresponden a centros públicos y el 18,8% a la concertada.
El próximo curso se aplica el nuevo Decreto de
Escolarización que regula la admisión del alumnado. Los cambios
introducidos avanzan en el derecho de libertad de elección de centros de las
familias, el procedimiento es aún más transparente y lo hace más accesible a
las familias en condiciones de igualdad y no discriminación.
Para ello, la normativa favorece la escolarización de los
hermanos en el mismo centro docente, se mantienen las listas de espera
hasta septiembre en la etapa educativa correspondiente y en las zonas de
escolarización habrá un centro público y uno concertado, siempre que en la
localidad exista un concertado. Además impulsa la administración electrónica
con el objetivo de facilitar a las familias un procedimiento más simplificado.
Así, la Administración va a cruzar más bases de datos de lo que se venía
haciendo para que las familias apenas tengan que aportar documentos que ya
están en el sistema público.
En cuanto a los criterios de admisión que se aplican cuando
no hay plazas suficientes en los colegios o institutos para atender todas
las solicitudes, también hay novedades. Hay criterios nuevos como tener
matriculado en el primer ciclo de Infantil a un hijo o hija con la finalidad de
fomentar la escolarización en este etapa; guardadores legales con actividad
laboral o profesional remunerada y el expediente académico del alumnado para su
admisión en bachillerato.
Asimismo, otras criterios que ya estaban incluidos en el
anterior decreto han sido mejorados. Así, la existencia de hermanos o
hermanas matriculados en el centros se valorá con 20 puntos por cada uno,
anteriormente se otorgaban 16.
En el criterio de renta per cápita anual de la unidad
familiar se otorgan más puntos a las familias con menores ingresos y aumentan
los tramos de renta que obtienen puntuación, introduciéndose un factor de
corrección patrimonial para aquellas unidades familiares que superen
determinados umbrales. La valoración máxima de este criterio se amplía hasta 4
puntos, dos más con respecto a lo consignado en la normativa anterior.
Respecto al criterio de discapacidad o trastorno del
desarrollo aumenta tanto la puntuación como los supuestos y gradación de
discapacidad del alumno o alumna, de sus tutores o guardadores legales o de sus
hermanos o hermanas.
Además, en el criterio de pertenencia a una familia
numerosa, familia monoparental o familia con dos hijos o hijas se incluyen
más supuestos de familias a los que se otorgan puntos en el baremo, destacando
el apoyo a la familia numerosa, sobre todo a la especial y a la familia
monoparental. Asimismo, se favorece a aquellas que tienen dos hijos e hijas
frente a las que tienen uno solo.
En los supuestos de prioridad en la admisión como novedad se
extiende al representante o los representantes legales del alumno o alumna que
tengan su puesto de trabajo habitual en el centro donde soliciten la admisión;
a los deportistas de rendimiento base para que puedan estudiar en un
centro cercano al lugar donde entrenen y desarrollan su carrera deportiva, por
ser familiar hasta segundo grado de consanguinidad de una persona víctima de
terrorismo y también a los niños en acogimiento familiar.
El Decreto también incluye medidas para atender la
escolarización en determinados supuestos como son la del alumnado prematuro
extremo (nacido antes de las 28 semanas), que serán escolarizados en el año
que le correspondería por nacimiento natural así como los escolares en
supuestos excepcionales por enfermedad grave, quienes tendrán prioridad bien en
el centro más próximo a su domicilio o en el centro más próximo al centro
sanitario donde esté recibiendo tratamiento.