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La modalidad del trabajo a distancia se ha incrementado a causa de la pandemia de Covid-19. Foto: Junta de Andalucía. |
La convocatoria publicada en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) contiene tres ayudas económicas que conforman, junto a otras medidas de la Consejería de Empleo, Formación y Trabajo Autónomo desarrolladas en la orden de 5 de octubre de 2020, un paquete de nueve subvenciones en materia de empleo que impulsarán la activación del mercado de trabajo al tiempo que atienden la necesidad de conciliar la vida laboral con la personal y familiar. Las tres líneas de ayudas convocadas por el SAE cuentan con un presupuesto de tres millones de euros y beneficiarán en torno a 640 personas desempleadas.
Trabajo a distancia.
La primera línea de ayudas es la más novedosa, ya que aborda
la nueva situación que está generando la pandemia con la extensión del
teletrabajo, ahora regulado por ley bajo la denominación de trabajo a
distancia. Esta línea incluye una subvención dirigida a las empresas y otras
entidades empleadoras además de los trabajadores autónomos, para las nuevas
contrataciones labores indefinidas que lleven a cabo a jornada completa que
incluyan como medida de flexibilidad horaria que parte de la jornada de se
realice mediante el trabajo a distancia, no siendo subvencionables los contratos fijos discontinuos ni las contrataciones
a jornada parcial.
Se facilita así la necesaria conciliación de quienes tengan cargas familiares
sin que atenderlas suponga una reducción de jornadas ni de sueldo. La
subvención consiste en un incentivo de 8.000 euros por contrato, incrementándose esa cantidad en un 10% cuando
la persona contratada sea mujer. En total, para esta línea se
contempla una partida presupuestaria de 1,5 millones de euros.
Esta modalidad se adapta a la normativa estatal, el Real Decreto-ley 28/2020,
de Trabajo a Distancia, aprobado por el Consejo de Ministros en septiembre del
pasado año. De esta forma, entre otros aspectos, la jornada laboral realizada
de forma no presencial no podrá ser inferior al 30% de la jornada ordinaria en
cada periodo de referencia de 3 meses, ni superior al 50% de la misma.
Ayudas para el cuidado de menores y dependientes.
La segunda y tercera línea de ayudas tratan de remover los
obstáculos que sobre el empleo producen las responsabilidades familiares. Así,
se incentiva la contratación de desempleados inscritos en el Servicio Andaluz
de Empleo y en el Sistema Especial de Empleados del Hogar del Régimen General
de la Seguridad Social para el cuidado
de menores de tres años o de discapacitados con un grado mínimo del 75% y
personas dependientes.
En este caso del cuidado de personas dependientes o personas que sufren una
discapacidad, de al menos el 75%, el incentivo alcanza los 3.000 euros por contrato a jornada completa
y por un periodo mínimo de 12 meses.
Cuando los ingresos de la unidad familiar no superen en cómputo anual dos veces
el Salario Mínimo Interprofesional, el incentivo se incrementa hasta los 4.000
euros. La cuantía del incentivo asciende a 1.500 euros en el caso de que el
contrato laboral se formalice a tiempo parcial, sin que éste puede ser inferior
a 20 horas semanales. Además, también será concepto subvencionable (1.500
euros) el mantenimiento de la
contratación una vez transcurrido el periodo mínimo establecido.
Para el cuidado de menores de tres años, el periodo subvencionable en este caso
abarca desde el día siguiente a la finalización de los permisos por maternidad
o paternidad, por el nacimiento o constitución de la adopción, o por
acogimiento o tutela, y se extiende como máximo hasta el día anterior al
cumplimiento de los 3 años por parte del menor. Al igual que en la línea
anterior, la ayuda consiste en un incentivo de 3.000 euros por contrato y se
eleva a 4.000 euros si la unidad familiar no supera dos veces el SMI. Ambas líneas cuentas con un presupuesto
global de 1,5 millones de euros.
Plazos.
En las tres líneas de ayudas, serán subvencionables las contrataciones que se realicen a partir del día 1 de enero de 2021. La convocatoria estará abierta desde hoy tras su publicación este martes en el BOJA y hasta el 31 de diciembre de 2021. El plazo de presentación de solicitudes es de un mes desde la fecha de inicio de la actividad laboral de la persona trabajadora, salvo en el caso de las contrataciones realizadas desde el día 1 de enero de 2021 y hasta la entrada en vigor de la actual convocatoria, que tendrá un plazo de un mes a contar desde el 30 de junio.
Los formularios de solicitud se podrán obtener en la
Ventanilla Electrónica del Servicio Andaluz de Empleo, a través de la siguiente
dirección electrónica: https://ws109.juntadeandalucia.es/vea-web/.