La justicia europea resuelve que el plazo para reclamar los gastos hipotecarios comienza cuando se conoce su abusividad. Foto: FACUA. |
FACUA-Consumidores en Acción, que se encuentra tramitando reclamaciones de devolución de dichos gastos de numerosos afectados, celebra que el TJUE se alinee con los derechos de los consumidores, ampliando enormemente la capacidad de los clientes bancarios de ejercer sus derechos frente a unas entidades financieras enrocadas en no devolver el dinero.
De esta manera, considera que “no cabe presumir que la información de
que dispone el consumidor, menor que la del profesional, incluya el
conocimiento de la jurisprudencia nacional en materia de derechos de los
consumidores“.
Ampliación del plazo.
La sentencia del Tribunal europeo desmonta así los argumentos por los que jueces españoles consideraban que el plazo para reclamar los gastos hipotecarios estaba prescrito. El TJUE resuelve que a día de hoy cualquier consumidor al que le cobrasen gastos de forma ilícita, esté o no cancelada su hipoteca, puede reclamar, y podrá hacerlo igualmente aunque hayan transcurrido los cinco años desde la sentencia del Tribunal Supremo de 2019, siempre que no hubiera sido conocedor antes de la abusividad de la cláusula.
Dicha resolución del Alto Tribunal fijaba que las entidades bancarias deben abonar el 50% de los gastos notariales, y el 100% de los gastos de Registro de la Propiedad, tasación y gestoría, por lo que las cláusulas que impusieran al consumidor el pago de todas esas cantidades son abusivas.
Sin embargo, con anterioridad a esta sentencia del Tribunal europeo, podía interpretarse que el plazo de prescripción comenzó tras la sentencia del Tribunal Supremo del 24 de enero de 2019, por lo que finalizaba este 2024, reduciendo considerablemente las posibilidades de los usuarios de reclamar y ver resarcidos sus intereses.
Ahora, con el fallo del TJUE, los usuarios podrán reclamar desde el momento en que conozcan que su préstamo hipotecario incluía una cláusula abusiva sobre gastos, independientemente de la sentencia del Supremo, de cuándo se firmase la hipoteca o se pagaran dichos gastos.