La Consejería de Industria, Energía y Minas, a través de la Agencia Andaluza de la Energía, ha decidido redistribuir los fondos de este programa de incentivos, que asciende, en conjunto, a 66,78 millones de euros, tras la elevada demanda de ayudas a la compra de vehículos, que, en menos de tres meses, ha agotado el presupuesto para esta actuación.
Las solicitudes de incentivos para este programa se pueden realizar desde el pasado 15 de julio hasta el 31 de diciembre de 2025 a través de empresas adheridas, salvo en el caso de las entidades locales y del sector público, que pueden hacerlo por sí mismas, y se atienden por riguroso orden de presentación, hasta que se agote la dotación. En ese caso, se habilita una lista de reserva provisional a la espera de la disponibilidad de nuevos fondos, si bien, en ningún caso, genera ningún derecho al solicitante.
Próximamente, los concesionarios, como empresas adheridas que deben tramitar las solicitudes en representación de sus clientes, recibirán una comunicación de la Agencia Andaluza de la Energía en la que se les informará de la existencia de fondos y la admisión a trámite de sus expedientes. Esta comunicación también será remitida a las personas beneficiarias al correo electrónico que hayan indicado en el formulario de solicitud.
Regulado por el Real Decreto-ley 3/2025, de 1 de abril y financiado por el Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía (IDAE), MOVES III 2025 respalda la adquisición de un turismo eléctrico puro, de autonomía extendida o un híbrido enchufable, con una autonomía superior a 90 kilómetros por parte de particulares, autónomos, administraciones y empresas, con incentivos de hasta 7.000 euros, si se aporta un vehículo para achatarrar con más de siete años de antigüedad, o 4.500 euros si no se dispone de un vehículo para achatarramiento.
Para las infraestructuras de recarga, MOVES III 2025 ofrece un 70% de incentivo a los particulares, autónomos y entidades públicas, porcentaje que sube hasta el 80% si se ubican en municipios de menos de 5.000 habitantes. En el caso de empresas y de entidades públicas que ejerzan actividad económica, los porcentajes oscilan entre el 20 y el 60%, en función de la potencia de la instalación, ubicación o tamaño de la empresa.
Además, a petición de Andalucía, entre otras comunidades autónomas, en esta edición de 2025, ya no es necesario aportar los documentos justificativos del gasto y pago realizado por los beneficiarios para inversiones inferiores a 100.000 euros, sin perjuicio de las posteriores actuaciones de comprobación de manera aleatoria, por lo que se reduce la carga burocrática respecto a convocatorias anteriores.