La Dirección General de Consumo de la Consejería de Salud y Familias recomienda tener especial precaución
a la hora de adquirir décimos y participaciones de cara a la próxima
celebración del sorteo extraordinario de la Lotería de Navidad. En este
sentido, se recuerda que es importante comprarlos en lugares autorizados
(administraciones de Lotería), para evitar el riesgo de adquirir un décimo
falso que no cumpla con los elementos de seguridad, como logotipos, códigos y
otros elementos de verificación.
Además, es importante guardarlos adecuadamente para conservarlos
en buen estado e impedir su pérdida o deterioro, evitando problemas a la
hora de cobrar un posible premio. En el supuesto de que el décimo se encuentre
deteriorado y haya resultado premiado, lo más aconsejable es llevarlo a una
administración de Lotería que lo remitirá a su vez a la Sociedad Estatal
Loterías y Apuestas del Estado, que lo revisará y determinará si se puede
cobrar el premio. En el caso de gran deterioro será la Fábrica Nacional de
Moneda y Timbre la que se pronuncie al respecto.
Si se ha producido el robo o extravío del décimo de
lotería, se debe interponer denuncia ante la Policía Nacional, Guardia Civil
o Juzgado de Guardia, exponiendo claramente los hechos, y aportando las
posibles pruebas de que se disponga como pueden ser fotos del décimo o
fotocopias que puedan identificar la serie, fracción y sorteo.
Si el décimo fuera compartido, siempre es importante tomar
una serie de precauciones para evitar problemas a la hora de repartir un
posible premio. En este sentido, se recomienda fotocopiar el décimo por las
personas no depositarias del original del mismo, así como incluir los datos y
firma de las personas participantes, y la cantidad que juega cada una.
Igualmente, en el caso de que el premio fuera compartido es
importante tener en cuenta que el importe exento de impuestos será calculado
en función de las personas que lo comparten, aplicándose el límite exento
por cada una de ellas. A la hora de proceder al cobro del premio compartido, es
importante identificar a cada persona que comparte el premio para que el acto
de proceder a cobrar el décimo y repartir entre las demás personas no sea
considerado como una donación, que estaría sometida por lo tanto al
correspondiente impuesto de donaciones.
En el caso de que el número resulte premiado, el plazo
para cobrarlo es de tres meses desde la celebración del sorteo. Se debe
tener en cuenta que, en el caso de los décimos, los premios inferiores a 2.000 euros
se podrán cobrar a partir del día siguiente al sorteo en los distintos puntos
de venta de la red comercial de Loterías y Apuestas del Estado, mientras que
para los premios iguales o superiores a 2.000 euros, se deberá acudir a alguna
de las entidades financieras habilitadas, que no podrán cobrar comisión alguna
por el pago del premio. Si en lugar de décimos se tratara de participaciones,
el cobro del premio deberá hacerse en la entidad emisora de las mismas.
A la hora de cobrar los posibles premios, se debe tener en
cuenta que los premios derivados de sorteos celebrados en 2019 están sujetos
a tributación siempre que la cuantía supere los 20.000 euros. El mínimo
exento ascenderá hasta 40.000 euros para los premios derivados de sorteos
celebrados en 2020, como será el caso del sorteo de 'El Niño' que tendrá
lugar en el mes de enero.
Por último, desde Consumo se recomienda a la ciudadanía que
cuente con un décimo premiado, desconfiar de aquellas personas que pudieran
ofrecerle comprar dicho décimo por un importe superior al del premio obtenido,
ya que podría tratarse de una operación encubierta de blanqueo de capital, y el
dinero recibido en esa transacción no se podrá acreditar ante las autoridades
de Hacienda.
Tampoco se debe confiar en los correos electrónicos
que se pudieran recibir comunicando que se ha ganado un determinado premio, ya
que se podría tratar de una estafa. En ocasiones se suplantan los logotipos
y las páginas web de los organismos oficiales para dar credibilidad a estos
correos, que deben ser directamente eliminados sin acceder a ningún enlace que
pudieran incluir en su contenido.
Ante cualquier duda o consulta en materia de consumo, la
ciudadanía puede contactar con Consumo Responde, un servicio gratuito de
información y asesoramiento a los consumidores y usuarios, impulsado por la
Consejería de Salud y Familias de la Junta de Andalucía. Se trata de un servicio
multicanal, al que se puede acceder de forma continuada a través del número
de teléfono 900 21 50 80, de la página web www.consumoresponde.es,
del correo electrónico (consumoresponde@juntadeandalucia.es); del perfil de Twitter
(@consumoresponde);
y el de Facebook (https://www.facebook.com/consumoresponde/).
También se puede recibir asesoramiento en los Servicios
Provinciales de Consumo de las delegaciones territoriales de Salud y
Familias presentes en todas las capitales de provincia, así como en las Oficinas
Municipales de Información al Consumidor (OMIC), y en las organizaciones de
personas consumidoras y usuarias.