sábado, 4 de agosto de 2012

Se abre el plazo para la elección y nombramiento de nuevo Juez de Paz en Lopera.

Que finalizado el mandato del anterior Juez de Paz, corresponde al Pleno del Ayuntamiento elegir las personas para ser nombradas Juez de Paz, titular y sustituto de este Municipio, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 101 y 102 de la Ley Orgánica del Poder Judicial y artículo 4 y 5.1 del Reglamento 3/1995, de 7 de junio, de los Jueces de Paz.
A tal efecto se abre un plazo de quince días hábiles para que las personas que estén interesadas, y reúnan las condiciones legales lo soliciten por escrito dirigido a esta Alcaldía. En todo caso a la solicitud deberá acompañarse la siguiente documentación:
  • Certificado de nacimiento.
  • Certificado de antecedentes penales.
  • Certificado médico de no padecer enfermedad que le incapacite para el ejercicio de cargo de Juez de Paz.
  • Declaración jurada de no estar incurso en causas de incompatibilidad.
En la Secretaría-Intervención del Ayuntamiento de Lopera puede ser examinado el expediente y recabar la información que se precise en cuanto a requisitos, duración del cargo, remuneración, etc.
En caso de no presentarse solicitudes, el Pleno de la Corporación elegirá libremente, comunicando el Acuerdo al Juzgado de Primera Instancia e Instrucción del Partido o Juzgado Decano.

Fuente: Ayuntamiento de Lopera.