El Ejecutivo también ha analizado un informe de diagnóstico sobre este asunto presentado por la ministra de Juventud e Infancia, Sira Rego, que recoge las aportaciones del comité de expertos que está colaborando en la elaboración de la estrategia nacional sobre la protección de la infancia y la adolescencia en el entorno digital, que se aprobará en otoño y se revisará cada tres años.
Principales líneas de actuación.
Félix Bolaños ha avanzado que la futura ley contiene medidas para la prevención y formación en competencias digitales de los menores, sus familias y de los profesionales que tienen contacto con ellos, como los docentes y los sanitarios. Además, incluye modificaciones en el Código Penal para tipificar determinados delitos que se cometen en el entorno tecnológico y refuerza el control parental y verificación de la edad de las personas que acceden a las webs y a las redes sociales.
Entornos digitales seguros.
El ministro ha detallado que los poderes públicos estarán obligados a hacer campañas de sensibilización sobre los derechos de los menores en el ámbito digital y los riesgos asociados a este entorno. Impulsarán espacios de encuentro donde los menores puedan desarrollar actividades lúdicas y de ocio saludable, al margen de los entornos digitales y las redes sociales.
En el ámbito sanitario, la futura ley incluye medidas para la detección precoz, la prevención y la atención especializada de menores con patologías relacionadas con el uso inadecuado de herramientas digitales. En el ámbito educativo se fomentará la educación en ciudadanía digital, alfabetización mediática, privacidad, protección de datos y propiedad intelectual.
Adaptación del marco legal frente a nuevas modalidades delictivas.
Bolaños ha remarcado que la norma modificará el Código Penal para poder sancionar, incluso desde el punto de vista penal, las conductas inapropiadas que se están produciendo en el entorno digital.
Le futura ley tipifica como delitos los ‘deep fakes pornográficos’, es decir, la difusión de imágenes o audios que puedan parecer reales, pero han sido generadas por inteligencia artificial u otras tecnologías y simulan situaciones de contenido sexual o vejatorias, sin autorización del afectado. También tipifica como delitos el «grooming» o engaño a menores en línea y la difusión de material pornográfico a menores.
El texto regula asimismo el alejamiento online para que los agresores condenados no puedan contactar con la víctima por medios digitales.
Obligaciones para las empresas del sector tecnológico.
El ministro ha recordado que el presidente del Gobierno se reunió el 4 de marzo con las principales empresas tecnológicas que operan en España y les propuso colaborar en la aplicación de medidas para proteger a los menores en el entorno digital.
Así, la futura ley establece que los fabricantes deberán asegurar que los dispositivos digitales cuenten con control parental activado por defecto y con un etiquetado informativo sobre sus riesgos. Del mismo modo, tendrán que implementar sistemas de verificación de edad efectivos.
Félix Bolaños ha añadido que las plataformas de intercambio de videos deberán tener un enlace directo al canal de denuncias y a los sistemas de control parental accesibles para cualquier usuario. La norma prohíbe el acceso de los menores de edad a mecanismos aleatorios de recompensas de pago en videojuegos y plataformas (loot boxes) y obliga a los ‘influencers’ a sumarse a las medidas de protección a menores. Además, eleva de 14 a 16 años la edad mínima a la que se pueda dar consentimiento al tratamiento de datos personales.
El ministro ha concluido señalando que España quiere liderar el debate en la Unión Europea sobre esta materia y aboga por lograr una regulación homogénea en todos los países.