Esta decisión se adoptó en el Comité de Caza del Consejo Andaluz de Biodiversidad celebrado el 22 de mayo pasado y podrán acogerse a ella los titulares de cotos de caza que tengan incluidos en sus planes técnicos el control de daños por conejos y cuyos terrenos se encuentren detallados en los términos municipales que menciona expresamente la resolución de cada una de las cuatro provincias citadas.
Medios de captura.
Los medios de captura que podrán aplicarse en los terrenos definidos son la captura en vivo con hurón y redes y/o mediante capturadero, las armas de fuego y el uso de aves de cetrería. En este año se han incluido los municipios sevillanos de Aznalcázar, Pilas, Villamanrique de la Condesa y Villanueva del Río y Minas donde no podrán emplearse las armas ni el uso de aves y las medidas se circunscriben a determinados territorios de su ámbito.
Respecto a las armas de fuego, el periodo hábil se amplía desde el 24 de noviembre hasta el 27 de abril y serán hábiles los jueves, sábados y domingos y el número de cazadores será de cinco por cada 250 hectáreas en cada jornada aunque pueden subir hasta siete por cada fracción de 100 hectáreas.
La caza con perros, por su parte, se amplía desde el 24 de noviembre hasta el 2 de febrero y no se permite el uso de más de tres por cada persona cazadora. Por su parte, el uso de aves de cetrería se amplía desde el 24 de noviembre hasta el 2 de febrero, se declaran hábiles todos los días de la semana y se pueden emplear todas las aves de cetrería adecuadas a la presa.
Sobre el destino de los conejos silvestres capturados, se establece que puede ser el autoconsumo, su traslado a zona del propio coto alejadas de la zona de daños o, previo informe de la delegación territorial, a la repoblación de otro coto.