miércoles, 17 de junio de 2015

El BOJA publica la orden para la concesión de ayudas destinadas a la incorporación de jóvenes a la actividad agraria.

 
El Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) ha publicado la Orden por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de ayudas dirigidas a la creación de empresas para los jóvenes agricultores y efectúa su convocatoria para 2015.
Dicha Orden, incluida en el Programa de Desarrollo Rural de Andalucía (PDR) 2014-2020, contempla un presupuesto de 20 millones de euros para la convocatoria de 2015; una cantidad que puede ampliarse en caso de que fuese necesario para atender a los jóvenes interesados que cumplan los requisitos. El nuevo PDR contempla un presupuesto de 130 millones de euros, que podrá ser reprogramable, para las ayudas a jóvenes agricultores para el marco 2014-2020.
La novedad más significativa que recoge la convocatoria respecto a años anteriores es la propia naturaleza del incentivo, que pasa de ser una ayuda a la inversión a una prima, conforme a lo establecido en el nuevo Marco Nacional. Además, el proceso de instalación tiene que haber comenzado con anterioridad a la solicitud de la ayuda.
En este sentido, se considerará que la persona interesada ha iniciado el proceso de instalación cuando, durante los 12 meses anteriores a la solicitud, haya realizado al menos una de las siete actuaciones recogidas en el listado de requisitos. Así, se pide que los jóvenes hayan formalizado los precontratos, contratos de opción de compra o contrato para el acceso a la titularidad de una explotación agraria, o que hayan iniciado o recibido la formación necesaria o haber presentado un Plan Empresarial conforme a lo establecido en el artículo 19.4 del Reglamento 1305/2013.
Otras opciones para tener derecho a la ayuda son haberse inscrito en el censo de empresarios, profesionales y retenedores, así como en la Seguridad Social, en el régimen especial de trabajadores autónomos correspondiente a la actividad agraria que vaya a desarrollar. También se consideran otras actuaciones como haberse integrado en una explotación asociativa de alguna de las formas jurídicas incluidas en el artículo 6 de la Ley 19/1995, de 4 de julio o, finalmente, haberse asociado a una Sociedad Cooperativa Agraria o Sociedad Agraria de Transformación.
El plazo para solicitar estas ayudas será de tres meses contados a partir del día siguiente al de su publicación en el BOJA. Los interesados en percibirlas deben tener más de 18 años y menos de 41 años de edad a fecha de solicitud.
Estos incentivos, cuya cuantía oscilará entre 30.000 euros de base por instalación a 70.000 euros en función de la creación o mantenimiento de empleo y la dimensión del plan empresarial, están financiados por el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader), la Administración General del Estado y la Junta de Andalucía.
Está previsto que, una vez publicada la Orden en BOJA, se inicie un proceso de formación de las Organizaciones Profesionales Agrarias (OPAs) y Oficinas Comarcales Agrarias (OCAs) sobre dicha Orden y se celebrarán actos informativos con jóvenes de las ocho provincias andaluzas.