Los Jueces de Paz conocerán en el orden civil y penal de los procesos cuya competencia les corresponde por ley. Cumplirán también funciones de Registro Civil y las demás que la ley les atribuya.
El Juez de Paz y su sustituto elegidos por el Ayuntamiento de Lopera deberán recibir el visto bueno de la Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia
de Andalucìa.
La duración del mandato, tanto del juez de paz titular como del sustituto, será por un período de cuatro años, percibiendo la retribución que para dicho concepto establezca la Ley de Presupuestos Generales del Estado.