martes, 9 de abril de 2019

Denunciados 398 conductores en las carreteras de Jaén durante la campaña de control de velocidad.

Una carretera en el término municipal de Lopera. Foto: Antonio Marín.
Durante los siete días que ha durado la campaña de vigilancia y control de velocidad en las carreteras de Jaén, puesta en marcha por la Dirección General de Tráfico entre el 1 y el 7 de abril, los agentes de  la Agrupación de Tráfico de la Guardia Civil han controlado la velocidad a 6.067 vehículos.
Del total de vehículos controlados, 398 conductores resultaron infractores, y por lo tanto denunciados por exceso de velocidad, lo que representa el 6,56% del total.
A estos resultados hay que sumar los controles que las distintas policías locales de los Ayuntamientos que han sido invitados han realizado en su ámbito de actuación, colaboración muy importante de modo que se unifica el mensaje de respeto de los límites de velocidad establecidos, independientemente de la vía por la que se circule.
Durante la campaña se han reforzado los controles en las carreteras convencionales (las que disponen de un solo carril en cada sentido), ya que en este tipo de vías es en las que se produce un mayor porcentaje de accidentes.
La Ley de Seguridad Vial y el Reglamento General de Circulación fijan la normativa aplicable a los límites genéricos y específicos de velocidad, velocidad en adelantamiento y distancias entre vehículos.
El incumplimiento de estas normas está tipificado como infracción grave o muy grave, sancionadas con multas de 90 a 600 euros.
El artículo 379 del Código Penal, establece que “el que condujere un vehículo de motor o un ciclomotor a velocidad superior en sesenta kilómetros por hora en vía urbana o en ochenta kilómetros por hora en vía interurbana a la permitida reglamentariamente, será castigado con la pena de prisión de tres a seis meses o a la de multa de seis a doce meses y trabajos en beneficio de la comunidad de treinta y uno a noventa días, y, en cualquier caso, a la de privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores por tiempo superior a uno y hasta cuatro años”.
La Ley del Permiso por Puntos contempla la pérdida de entre 2 y 6 puntos por este tipo de infracción, dependiendo del exceso de velocidad cometido.