Consumo propone una serie de recomendaciones para evitar riesgos en la compra online de entradas. Foto: Junta de Andalucía. |
La Dirección General de Consumo, dependiente de la Consejería de Salud y
Familias, ha lanzado una serie de recomendaciones a la hora de adquirir
entradas con motivo de la celebración durante el periodo estival de un
mayor número de espectáculos públicos. Entre las principales cuestiones,
se aconseja extremar las precauciones cuando se vaya a adquirir una
entrada de manera online para evitar los riesgos derivados de no saber
exactamente dónde se están comprando.
En este sentido, esta Dirección General insta a la ciudadanía a
identificar si se trata de empresas encargadas de la venta oficial, que
normalmente cobran alguna comisión y además debes informar oportunamente
a la persona consumidora; o de empresas de reventa, que no establecen
límite de precio y pueden así vender las entradas a un precio
ostensiblemente superior al autorizado por la promotora del espectáculo.
Según advierte Consumo, únicamente la compra a través de los
denominados canales oficiales de venta garantiza a la persona que la
entrada será válida. Además, recuerda que la actividad de reventa puede
esconder diversos fraudes como entradas que no existen, entradas
duplicadas, falsificadas, etc. En la web de reventa no queda garantizado
que la entrada adquirida sea original, por lo que hay que prestar
especial atención.
Si se opta por adquirir una entrada fuera de los canales autorizados
de venta, Consumo aconseja leer previamente las condiciones generales
que sean aplicables, las responsabilidades que asume la empresa en los
casos de que surjan problemas relacionados como por ejemplo con la
devolución del importe de las mismas, así como la política de privacidad
del sitio.
Además, otra de las precauciones recomendada es no facilitar datos
personales en cualquier página, solo en aquellas que merezcan total
confianza y seguridad.
En Andalucía, la reventa de entradas o localidades está regulada en
el Decreto 10/2003, de 28 de enero, por el que se aprueba el Reglamento
de admisión en espectáculos y actividades recreativas de la comunidad
autónoma. En él se establece, entre otros aspectos, que no se podrá
destinar a reventa de entradas o localidades un porcentaje superior del
20% de cada clase de entradas o localidades puestas a la venta.
Asimismo, la referida norma establece que en las entradas o
localidades puestas a reventa se deberá indicar de forma indeleble y
claramente visible que se trata, precisamente, de una reventa, así como
su precio de venta inicial y precio de venta tras aplicársele el recargo
oportuno.
Desde la Dirección General de Consumo se aconseja igualmente que,
ante cualquier duda o consulta sobre este tema, pueden ponerse en
contacto con Consumo Responde, un servicio gratuito de información y
asesoramiento a las personas consumidoras y usuarias, impulsado por la
Consejería de Salud y Familias de la Junta de Andalucía. Se trata de un
servicio multicanal al que se puede acceder de forma continuada a través
del número de teléfono 900 21 50 80, de la página web
www.consumoresponde.es, del correo electrónico
consumoresponde@juntadeandalucia.es o del perfil de Twitter
@consumoresponde.
También se puede recibir asesoramiento en los Servicios Provinciales
de Consumo, presentes en todas las capitales de provincia, así como en
las Oficinas Municipales de Información al Consumidor (OMIC) y en las
organizaciones de personas consumidoras y usuarias.