jueves, 4 de julio de 2019

Estos son los sueldos de la alcaldesa de Lopera y los concejales aprobados en el pleno del Ayuntamiento.

Ayuntamiento de Lopera. Foto: Antonio Marín.
El pleno del Ayuntamiento de Lopera se reunió en sesión extraordinaria para aprobar, entre otros asuntos, la Delegación y Gestión de las Áreas y Servicios Municipales en concejales del nuevo equipo de gobierno(resolución de la alcaldía), se dio a conocer la composición de los grupos políticos y sus portavoces, el nombramiento de dos tenientes de alcalde, y la creación de  comisiones especiales.
El punto más importante de este pleno fue la aprobación del sueldo de la alcaldesa de Lopera, Isabel Uceda Cantero, que a partir de ahora tiene fijadas sus retribuciones del Ayuntamiento a razón de 2.580 euros brutos al mes, distribuidos en catorce mensualidades, al serle reconocida dedicación exclusiva para el ejercicio del cargo de Alcaldesa-Presidenta del Ayuntamiento de Lopera.
María del Carmen Torres Bellido percibirá una retribución mensual de 1.500 euros brutos por dedicación parcial (14 pagas), Nicolás Aljarilla Pérez cobrará 662,73 euros brutos mensuales (14 pagas) por dedicación parcial, Manuel Ruíz Chiquero percibirá 420 euros brutos mensuales (14 pagas) por dedicación parcial, María del Carmen Pérez Marín cobrará 420 euros brutos mensuales (14 pagas) por dedicación parcial y Juan de Dios Santiago García percibirá 420 euros brutos mensuales (14 pagas) por dedicación parcial.

Asimismo, se fija como asistencias efectivas de los concejales a los órganos colegiados los siguientes importes:

- Asistencia a sesión plenaria: 50,00 euros.
- Asistencia a sesión de Comisión Informativa y demás organos colegiados: 30,00 euros.


Los grupos políticos percibirán 250 euros por concejal al semestre.

La aprobación de estas retribuciones dinerarias contaron con el voto a favor de PSOE, la abstención del PP y el voto en contra de Izquierda Unida, por lo que salió adelante esta propuesta.

El pleno municipal sirvió también para el nombramiento de representantes en los órganos colegiados y que los plenos ordinarios se celebren cada dos meses.