Ayuntamiento de Lopera. |
La Consejería de Justicia e Interior ha iniciado la campaña de
control de las fiestas navideñas y de Fin de Año a fin de garantizar la
seguridad de los asistentes, por un lado solicitando a los ayuntamientos
que extremen la supervisión administrativa de este tipo de eventos y,
por otro, mediante inspecciones de la Unidad de Policía Adscrita a la
Junta en los locales donde se celebran.
Las delegaciones del Gobierno de la Junta han enviado una carta a los
ayuntamientos andaluces para que los consistorios extremen los
controles administrativos previos sobre los eventos que se organizan con
motivo de las próximas fiestas navideñas. La Junta insta así a las
administraciones locales a velar por el cumplimiento de todas las
exigencias legales en esta materia, subrayando que los organizadores de
estos eventos tienen que obtener con antelación suficiente las
preceptivas autorizaciones administrativas ante los consistorios, además
de cumplir todos los requisitos de seguridad reglamentarios
contemplados en la normativa de Espectáculos Públicos y Actividades
Recreativas de Andalucía.
En la normativa se distinguen los eventos que se celebran en
establecimientos públicos que habitualmente acogen otro tipo de
actividades recreativas, como es el caso de un bar que pretende
organizar un cotillón, que deben solicitar expresamente autorización
para celebrar esta actividad puntual considerada como “extraordinaria”,
por ser distinta a la habitual.
Por otra parte, se encuentran aquellos espacios que tienen usos
diferentes al de la celebración de espectáculos y actividades
recreativas –tales como un garaje o una nave- y que, excepcionalmente,
se pretenden utilizar para una fiesta o concierto, por lo que deben
obtener igualmente autorización para ello.
En ambos casos los ayuntamientos son los competentes para otorgar la
autorización, conforme a lo establecido la Ley de Espectáculos Públicos y
Actividades Recreativas y el resto de la normativa reguladora de las
condiciones generales para la celebración de este tipo de eventos con
carácter ocasional y extraordinario.
La resolución municipal debe contener las condiciones particulares e
información del titular y organizador, objeto, duración o vigencia,
aforo máximo, horario u otras condiciones particulares. Por lo que
respecta a los establecimientos públicos eventuales o formados
parcialmente por estructuras desmontables o portátiles destinados a
celebrar espectáculos públicos y actividades recreativas ocasionales,
deberán contar previamente con la preceptiva autorización de instalación
municipal y reunir todas las condiciones técnicas de seguridad,
higiene, sanitarias, de accesibilidad y confortabilidad y ajustarse a
las disposiciones establecidas sobre condiciones de protección contra
incendios en los edificios y al Código Técnico de Edificación.
Además, la Consejería de Justicia e interior lleva a cabo una campaña
específica de vigilancia policial que los agentes de la Unidad Adscrita
a la Junta han iniciado en el mes de diciembre y que se prolongará
hasta finales del próximo enero en los establecimientos de
esparcimiento, pubs y bares con música con un aforo superior a 700
personas para garantizar la seguridad en la fiestas que se organizan
durante estos días.
En estas inspecciones se comprueba la documentación general de estos
establecimientos, los requisitos técnicos de sus instalaciones y se
revisan aspectos importantes para la seguridad de las personas como las
instalaciones eléctricas, protección contra incendios y los elementos y
condiciones de evacuación del edificio.
La Junta podrá clausurar aquellos establecimientos en los que se
detecten deficiencias graves hasta su completa remodelación. Los planes
de inspección desarrollados anteriormente han demostrado su eficacia
para corregir los eventuales incumplimientos registrados durante los
mismos y su importante efecto preventivo y disuasorio, ya que las
inspecciones fomentan actitudes responsables por parte de los
propietarios de estos establecimientos.