martes, 24 de mayo de 2016

Cómo votar por correo en las elecciones generales del 26 de junio.

Urna electoral. Foto: miradasdeinternacional.com
Todos los españoles debemos ir a votar el próximo día 26 de junio en las elecciones generales para el Congreso y el Senado. Todos aquellos que no pueden acudir al colegio electoral correspondiente tienen que solicitar el voto por correo, y cuentan con unos plazos estrictos para elegir al próximo presidente del Gobierno.  

-Del 3 de mayo al 16 de junio: solicitud del voto por correo. Los impresos de solicitud de voto por correo se encuentran en las oficinas de Correos. Hay que rellenar un formulario con la dirección en la que desean recibir las papeletas. Después hay que entregarlo en mano en cualquier oficina de Correos mostrando el DNI, el permiso de conducir, el pasaporte o la tarjeta de identidad o residencia (en el caso de los extranjeros empadronados con derecho a voto).

-Del 6 al 19 de junio: envío al elector de la documentación para el voto por correo. La delegación provincial de la Oficina del Censo Electoral remitirá al solicitante por correo certificado (es decir, debe ser recibido personalmente) la documentación para emitir el voto.

-Del 6 al 22 de junio: envío del voto por correo por parte del elector. Una vez recibida la documentación, hay que remitir el sobre oficial dirigido a la mesa electoral correspondiente con dos documentos: el certificado de inscripción en el censo electoral y el sobre de votación (que incluye la papeleta). La oficina de Correos tramitará el envío como correo certificado urgente de forma gratuita.

En caso de no poder hacer este proceso en persona por estar enfermo, la enfermedad o incapacidad se debe acreditar mediante un certificado médico oficial, que se incluirá junto al impreso de solicitud de voto por correo. En este caso, el trámite lo puede hacer otra persona, que deberá estar autorizada notarialmente.