Vestigio franquista en Andújar. Foto: Antonio Marín. |
El
Instituto Nacional de Estadística (INE) ha detectado que destacadas figuras del
franquismo dan nombre todavía a 1.171calles y plazas españolas repartidas entre
más de 637municipios. A ese censo, la Dirección General de Memoria Histórica ha
incorporado otros 19 en los que, según su propia información, también pudieran
quedar otros vestigios de exaltación de la Guerra Civil u homenaje al
franquismo.
Estos gobiernos municipales han recibido una carta del director
general para la Memoria Histórica, Fernando Martínez López, quien solicita
certificación sobre “la no existencia de simbología de exaltación en su
municipio” y, en caso de que la hubiera, “proceda a dar cumplimiento a la Ley
52/2007, elaborando el catálogo de vestigios municipal, con su inmediata
retirada de los escudos, insignias, placas y otros objetos o menciones
conmemorativas de exaltación de la sublevación militar y represión de la dictadura”.
El director general recuerda en su misiva que la sentencia
de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo del 7 de junio
de 2013 estableció que “el artículo 15 de la Ley de Memoria Histórica impone a
todas las Administraciones Públicas adoptar las medidas oportunas para que se
proceda a la retirada de aquellos monumentos conmemorativos que supongan una
exaltación de la Guerra Civil, con el objeto de dar cumplimiento al espíritu de
reconciliación y concordia que permitió el alumbramiento de la Constitución de
1978”.
Aquella sentencia rechazó un recurso contra la retirada de la estatua ecuestre del dictador Franco de la madrileña plaza de San Juan de la Cruz. Además de los 656 municipios que, en principio, podrían conservar vestigios franquistas exhibidos en espacios públicos estos, el director general de Memoria Histórica también ha solicitado a todos los gobiernos autonómicos información “sobre la existencia de simbología de exaltación de Guerra Civil y dictadura en territorios autonómicos, para proceder a obrar en cumplimiento con la Ley 52/2007”.
El artículo 15.1 de dicha ley establece que “las Administraciones públicas, en el ejercicio de sus competencias, tomarán las medidas oportunas para la retirada de escudos, insignias, placas y otros objetos o menciones conmemorativas de exaltación, personal o colectiva, de la sublevación militar, de la Guerra Civil y de la represión de la Dictadura. Entre estas medidas podrá incluirse la retirada de subvenciones o ayudas públicas”.
Aquella sentencia rechazó un recurso contra la retirada de la estatua ecuestre del dictador Franco de la madrileña plaza de San Juan de la Cruz. Además de los 656 municipios que, en principio, podrían conservar vestigios franquistas exhibidos en espacios públicos estos, el director general de Memoria Histórica también ha solicitado a todos los gobiernos autonómicos información “sobre la existencia de simbología de exaltación de Guerra Civil y dictadura en territorios autonómicos, para proceder a obrar en cumplimiento con la Ley 52/2007”.
El artículo 15.1 de dicha ley establece que “las Administraciones públicas, en el ejercicio de sus competencias, tomarán las medidas oportunas para la retirada de escudos, insignias, placas y otros objetos o menciones conmemorativas de exaltación, personal o colectiva, de la sublevación militar, de la Guerra Civil y de la represión de la Dictadura. Entre estas medidas podrá incluirse la retirada de subvenciones o ayudas públicas”.