La concesión, gestión y pago del Bono Social Térmico en Andalucía se regula a través de la Orden de 13 de julio de 2023 de la Consejería de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad. Se trata de una ayuda económica directa orientada a compensar los gastos de calefacción, agua caliente o cocina. En cada ejercicio, serán personas titulares del bono social térmico aquellas que sean beneficiarias del bono social de electricidad a 31 de diciembre del año anterior.
Para facilitar el cobro de esta ayuda se han habilitado diferentes vías. Por vía telemática se ha creado un espacio en la página web de la Agencia de Servicios Sociales y Dependencia de Andalucía para consultar toda la información relativa al Bono Social Térmico y desde la que se puede acceder directamente al Sistema de Gestión del Bono Social Térmico. La persona beneficiaria deberá identificarse consignando su DNI/NIE y el PIN de autentificación que habrá recibido por carta. En el Sistema de Gestión del Bono Social Térmico deberá ratificar o modificar su número de cuenta bancaria para el pago, y podrá realizar otras gestiones, como la renuncia a la ayuda, en su caso.
Adicionalmente, se atenderá a las personas beneficiarias del Bono Social térmico para la realización de estos trámites en el teléfono gratuito 900 101 220, de 9 a 14 horas, de lunes a viernes.
Para garantizar que el Bono Social Térmico llegue a todas las personas que tienen derecho a esta ayuda, la Consejería de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad contará con la colaboración en la difusión y tramitación de la ayuda de la red de Servicios Sociales Comunitarios de las entidades locales de Andalucía, el conjunto de centros Vuela-Guadalinfo y los recursos que coordina la Dirección General de Consumo: consumoresponde.es, servicios provinciales de consumo y Oficinas Municipales de Información al Consumidor.
Una vez que las personas beneficiarias hayan completado, confirmado o modificado los datos necesarios para el pago del Bono Social Térmico, la Dirección General de Protección Social y Barriadas de Actuación Preferente ordenará el pago de la ayuda por los importes correspondientes.