Consumo recuerda que la solicitud de renovación del bono social eléctrico finaliza el 31 de diciembre. Foto: Junta de Andalucía. |
La Dirección General de Consumo de la Junta de Andalucía,
dependiente de la Consejería de
Salud, recuerda a las personas usuarias de empresas eléctricas y
comercializadoras que la solicitud de renovación del bono social eléctrico
finaliza el 31 de diciembre de este año. Mediante esta iniciativa, las familias
más vulnerables pueden acceder a descuentos en la factura de la luz que van
desde el 25% al 40% del coste total mensual. Para quienes quieran solicitar
el bono social por primera vez no existe un plazo definido y se puede requerir
en cualquier momento.
La solicitud del bono social, acompañada de la documentación
acreditativa, puede realizarse a través de los siguientes medios: por
teléfono, a través del número disponible en la página web de la
comercializadora de referencia (COR); en las oficinas del COR, cuando éstas
existan; por fax o a través de la dirección de correo electrónico que comunique
el COR en su página web y en su factura; por correo postal en la dirección que
comunique el COR en su página web y en su factura; a través de la página web de
su COR.
Las personas y familias que ya disfrutaban del anterior Bono
Social disponían como plazo inicial para solicitar la renovación el pasado 8 de
octubre, fecha que más tarde se amplió al 31 de diciembre. Han de tener en
cuenta que quienes tuvieran bono social antiguo cuentan con la obligación de
solicitar su renovación al nuevo bono social (se les concederá el nuevo
bono social tras comprobarse que cumplen con los oportunos requisitos). Si no
solicitan la renovación, a partir del 31 de diciembre de 2018 se pasará a la
facturación por el PVPC o Precio Voluntario para el Pequeño Consumidor. Si
solicitaron la renovación pasado el 8 de octubre y las compañías eléctricas le
han aplicado desde entonces el PVPC, una vez concedida la renovación se podría
aplicar el bono social con carácter retroactivo hasta el 8 de octubre.
La documentación que hay que aportar para
solicitar el bono social eléctrico es la siguiente: fotocopia del NIF o
NIE de la persona titular del punto de suministro o, en su caso, de todos
los miembros de la unidad familiar; certificado de empadronamiento en
vigor, individual o conjunto, de la persona titular del punto de suministro o
de todos los miembros de la unidad familiar; Libro de familia o, en su
caso certificación de la hoja individual del Registro Civil oportuno, en el
caso de las unidades familiares; copia del título de familia numerosa en
vigor, en el caso de familias numerosas; certificado o documento
acreditativo expedido por los servicios sociales del órgano oportuno, en
el caso de que aplique alguna de las denominadas circunstancias especiales
(discapacidad reconocida igual o superior al 33%, situación de violencia de
género o condición de víctima de terrorismo).
Por último, se recuerda a la ciudadanía que, ante
cualquier duda o consulta sobre este tema, se puede contactar con Consumo
Responde, un servicio gratuito de información y asesoramiento a las
personas consumidoras y usuarias, impulsado por la Consejería de Salud de la
Junta de Andalucía. Se trata de un servicio multicanal, al que se puede acceder
de forma continuada a través del número de teléfono 900 21 50 80, de la página
web www.consumoresponde.es, del correo electrónico
consumoresponde@juntadeandalucia.es o del perfil de Twitter @consumoresponde.
También se puede recibir asesoramiento en los Servicios
Provinciales de Consumo presentes en todas las capitales de provincia, así como
en las Oficinas Municipales de Información al Consumidor (OMICs), y en las
organizaciones de personas consumidoras y usuarias.