La nueva prestación podría alcanzar los 850.000 hogares beneficiarios. Foto: Antonio Marín. |
El Consejo de Ministros, a propuesta de la Vicepresidencia de
Derechos Sociales y Agenda 2030 y del Ministerio de Inclusión, Seguridad
Social y Migraciones, ha dado luz verde al Real Decreto-Ley por el que
se pone en marcha un Ingreso Mínimo Vital, una nueva prestación de la
Seguridad Social, que va acompañada de estrategias de inclusión
focalizadas. El Ingreso Mínimo Vital, que será de carácter permanente,
tiene como principales objetivos la redistribución de la renta, con la
intención de erradicar la pobreza extrema, y la inclusión social y
participación en el mercado laboral de las personas en situación de
vulnerabilidad.
El Ingreso Mínimo Vital es la respuesta del Gobierno al problema
estructural de pobreza que existe en España y que hasta ahora no ha sido
suficientemente atajado por las políticas existentes, como han puesto
de manifiesto en numerosas ocasiones las recomendaciones remitidas a
España desde diferentes organismos internacionales. Su puesta en marcha
se ha acelerado para ayudar a cubrir las situaciones de vulnerabilidad
causadas por la COVID-19, que se suman a las de las familias que ya se
encontraban en dificultades previamente.
Según las estimaciones, la nueva prestación podría alcanzar los
850.000 hogares beneficiarios, en los que viven más de 2,3 millones de
personas, con especial incidencia en los hogares con niños. De hecho, de
los 2,3 millones de potenciales beneficiarios, un 30% son menores.
También habrá una incidencia mayor entre los hogares monoparentales, que
supondrán el 16% de los beneficiarios. Dentro de ellos, casi un 90%
están encabezados por una mujer.
El Ingreso Mínimo Vital parte de un abanico de ipologías de hogares
(en función del número de miembros y de si son monoparentales) y
establece un nivel de renta garantizable diferente para cada tipo de
hogar. El nivel mínimo, que corresponde a los hogares unipersonales, es
de 5.538 euros al año, el equivalente a una pensión no contributiva. A
partir de esta cuantía se establece un coeficiente adicional por cada
miembro del hogar y un beneficio para los hogares monoparentales, según
se indica en la tabla inferior.
El Ingreso Mínimo Vital está diseñado de forma que completa las rentas
preexistentes (entre otras, las salariales), hasta el umbral garantizado
para cada tipo de hogar. Si no se cuenta con rentas, se aseguraría la
totalidad del umbral garantizado; pero si se dispone de ellas, se
cubriría la diferencia entre el umbral garantizado y la renta ya
existente. De esta forma, la renta media garantizada es de 10.070 euros
al año por hogar, mientras que el importe de la prestación será de unos
4.400 euros anuales. El presupuesto anual ascenderá a 3.000 millones de
euros al año.
El Ingreso Mínimo Vital es una prestación para hogares de cualquier
tamaño, también los unipersonales. En cada hogar habrá un titular que
solicitará la prestación. Si el hogar está formado por una sola persona
el titular tendrá entre 23 y 65 años y llevar al menos tres años
constituido como hogar. Si el hogar tiene dos o más miembros, de manera
general la edad del titular estará entre 23 y 65 años salvo en los casos
en que se cuente con menores a cargo. Estos hogares deberán llevar
constituidos al menos un año.
En qué consiste.
Para todos los tipos de hogar se requerirá al menos un año
ininterrumpido de residencia legal y efectiva en España, excepto en las
situaciones de violencia de género, trata y explotación sexual.
Para que le sea reconocida la prestación, el hogar debe tener unos
ingresos totales inferiores a la renta garantizada para su tipo de
unidad de convivencia. Además, para certificar que el Ingreso Mínimo
Vital llegue a los hogares más vulnerables, se exigirá un patrimonio
(descontando la vivienda habitual) inferior a 3 veces la renta
garantizada anual para un hogar unipersonal, con una escala de
incrementos por número de miembros en el hogar.
La prestación se percibirá mensualmente y se cobrará en 12 pagas. Se
podrá solicitar a partir del 15 de junio, aunque, para las solicitudes
presentadas en los tres primeros meses, se concederá con efectos
retroactivos al 1 de junio. Además, durante el primer mes de vigencia de
la prestación, se actuará de oficio para que se abone a unos 100.000
hogares que cumplen los requisitos, sin que sea necesario que la
soliciten.
La solicitud será multicanal. Se podrá presentar a través de la sede
electrónica de la Seguridad Social o enviando la documentación por
correo ordinario. Además, se permitirá el acceso a través de los
ayuntamientos una vez se firmen los convenios previstos y en los Centros
de Atención e Información de la Seguridad Social cuando retomen la
atención al público. Para facilitar información a los posibles
beneficiarios, se pondrá en marcha un teléfono 900 y un simulador en la
página web de la Seguridad Social, donde también se podrán consultar
dudas a través del asistente virtual.