Esta medida se recoge junto con las aprobadas, el pasado 27 de diciembre por el Consejo de Ministros, como respuesta a las consecuencias que la guerra de Ucrania está teniendo en la economía española y para proteger a todos los ciudadanos.
Por tanto, las personas que no pueden solicitar el cheque de 200 euros son aquellas que, a 31 de diciembre de 2022, perciban el Ingreso Mínimo Vital, o pensiones abonadas por el Régimen General y los Regímenes especiales de la Seguridad Social o por el Régimen de Clases Pasivas del Estado, así como quienes perciban prestaciones análogas reconocidas, pero no integradas en estos regímenes, y los administradores de derecho de una sociedad mercantil que no hubiesen cesado en su actividad a 31 de diciembre de 2022.
Los contribuyentes que deseen solicitar la ayuda de pago único de 200 euros tendrán que rellenar un formulario en la Agencia Tributaria,desde el 15 de febrero hasta el 31 de marzo de 2023, en el que facilitarán la cuenta bancaria donde deseen que se realice la transferencia. Será necesario disponer de Cl@ve o certificado electrónico para realizar el trámite.
Si el solicitante tiene domicilio fiscal en Navarra o el País Vasco, las haciendas locales serán las competentes para recibir las solicitudes y administrar el cheque.
En principio, no será necesario aportar ninguna documentación. Una vez rellenado el formulario, la Agencia Tributaria cruzará sus datos con los de otras administraciones y determinará si el contribuyente tiene derecho al cheque.
Si no procede la concesión de la ayuda, la Agencia Tributaria se lo notificará al solicitante, quien dispondrá de diez días para alegar. Transcurrido el plazo de un mes sin que este haya presentado alegaciones, documentos o justificantes se considera denegada su petición.