sábado, 12 de septiembre de 2020

Convocadas las subvenciones a actividades de recuperación de la Memoria Democrática y las víctimas de la Guerra Civil y la Dictadura para 2020.

Recreación Histórica de la Batalla de Lopera. Foto: Antonio Marín.
El Boletín Oficial del Estado ha publicado hoy la resolución del Ministerio de la Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática por la que se convocan las subvenciones destinadas a actividades relacionadas con la recuperación de la Memoria Democrática y las víctimas de la Guerra Civil y de la Dictadura para el año 2020.
Con esta convocatoria, el Ministerio de Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática impulsa con carácter inmediato la ejecución de proyectos y actuaciones en materia de Memoria Democrática, confirmando su total apoyo a las entidades y asociaciones memorialistas y reafirmando su compromiso con las víctimas.
Estas ayudas se concederán en régimen de concurrencia competitiva y están destinadas a asociaciones, fundaciones y otras entidades privadas sin ánimo de lucro, además de a universidades y organismos públicos de investigación, así como a las agrupaciones de personas físicas que tengan incorporados entre sus objetivos o actividades los relacionados con la recuperación de la Memoria Democrática y el reconocimiento de las víctimas de la Guerra Civil y de la Dictadura.
La resolución establece cuatro tipos de proyectos o iniciativas que pueden ser subvencionados:
  • Actividades dirigidas a la investigación, localización, exhumación e identificación de personas desaparecidas en fosas de la Guerra Civil y la Dictadura, así como las destinadas a la dignificación de las mismas y, en su caso, de las sepulturas de las personas que murieron en el exilio. Estas actividades podrán recibir ayudas de hasta 16.000 euros, cantidad que se puede ver incrementada hasta los 30.000 euros en el caso de proyectos destinados a intervenciones en fosas en las que exista constancia fehaciente de que los restos que se pretenden recuperar pertenecen a un número superior a 10 personas.
  • Estudios e investigaciones relativas a la recuperación de la Memoria Democrática, así como al reconocimiento moral de las víctimas de la Guerra Civil y de la Dictadura. Las ayudas para estas actividades podrán ascender a 12.000 euros.
  • Publicaciones y organización de cursos, jornadas, conferencias, exposiciones y demás eventos de tipo científico y/o divulgativo sobre la Memoria Democrática. En este caso la ayuda asciende a 5.000 euros.
  • La recopilación, conservación, estudio y difusión tanto del patrimonio documental escrito, oral, audiovisual como del intelectual de la Guerra Civil y/o de la Dictadura. En este caso, la ayuda prevista es de hasta 10.000 euros.
  • Entre los criterios de valoración de los proyectos se encuentran la calidad técnica y viabilidad económica del proyecto, la colaboración con otras entidades o instituciones, la experiencia, trayectoria y especialización de las entidades, la incidencia del proyecto en la sociedad o la cofinanciación del proyecto.
El plazo máximo para ejecutar cada proyecto o iniciativa es de un año a partir de la publicación de la resolución de concesión correspondiente.
El presupuesto total de las ayudas convocadas asciende a 750.000 euros. El 60% de este importe se destinará a actividades dirigidas a la investigación, localización, exhumación e identificación de personas desaparecidas en fosas de la Guerra Civil y la Dictadura, a la dignificación de las mismas y, en su caso, de las sepulturas de las personas que murieron en el exilio. El 40% restante se empleará en las demás actividades recogidas en la resolución del Ministerio.
Las subvenciones solo podrán cubrir los gastos que, de manera indubitada, respondan a la naturaleza de la actividad subvencionada y se realicen dentro del plazo concedido para la ejecución de la misma. Así mismo, pueden ser financiados gastos realizados en los tres meses anteriores a la publicación de la convocatoria de las subvenciones correspondientes.
Cabe destacar que esta subvención será compatible con otras ayudas de organismos o instituciones públicos o privados para la misma actividad, siempre que la suma de todas las ayudas no supere el coste de la actividad subvencionada, tal y como dispone la normativa general de subvenciones.