Instituto de Secundaria "Gamonares" de Lopera. Foto: Antonio Marín. |
La Consejería de Educación y Deporte ha elaborado unas
instrucciones para garantizar la organización y funcionamiento de los centros
durante el periodo de suspensión de la actividad docente presencial como
consecuencia de las medidas establecidas a raíz del virus COVID-19. Estas instrucciones serán de aplicación entre
el 16 y el 27 de marzo, ambos inclusive.
Esta instrucción es de aplicación en los centros públicos de
titularidad de la Junta de Andalucía, de otras administraciones públicas, los
centros privados concertados y los servicios, programas y actividades de la
administración educativa.
Respecto a los procesos de enseñanza-aprendizaje los centros
educativos, en el ámbito de su autonomía, adoptarán las medidas que consideren
más adecuadas para garantizar la continuidad de este proceso. Para ello,
tendrán en cuenta la edad del alumnado, la tipología del centro, la etapa y el
tipo de enseñanza, entre otros.
Asimismo, los equipos docentes adaptarán las tareas y
actividades de manera que puedan ser desarrolladas por el alumnado en su
domicilio y se informá a los estudiantes de la forma en que llevarán a cabo la
presentación y entrega de las mismas.
Así, preferentemente se utilizarán medios electrónicos como pueden ser
las herramientas Séneca/Pasen y el resto de aplicaciones utilizadas
habitualmente para la comunicación con la comunidad educativa.
En cuanto a la coordinación docente se llevará a cabo en
cada centro, dentro del ámbito de su autonomía pedagógica y de gestión,
priorizando el uso de medios electrónicos.
Igualmente, los centros docentes disponen de materiales alojados
en la web de la Consejería que podrán utilizar como apoyo y acompañamiento para
el desarrollo del currículo. Esto materiales se encuentran accesibles en el
Banco de Recursos Agrega https://agrega.juntadeandalucia.es.
La Junta recomienda a los centros docentes utilizar la
plataforma educativa de la Consejería de Educación y Deporte, a la que se podrá
acceder a través del siguiente enlace:
https://educacionadistancia.juntadeandalucia.es/centros/. Esta plataforma está
basada en la tecnología Moodle, para facilitar la continuidad del aprendizaje.
Dicho entorno permite al profesorado proporcionar material y contenido
didáctico en formato digital e interactuar con el alumnado a través de un
sistema de videoconferencia. Para facilitar este proceso, se pondrá a
disposición de la comunidad educativa un espacio web.
Además, los centros educativos facilitarán al alumnado y a
las familias información en relación con los diversos recursos disponibles,
para que puedan apoyar el proceso de enseñanza aprendizaje desde sus
domicilios.
En los casos en que sea posible, se informará a las familias
de los trabajos, tareas y pruebas a realizar por los alumnos a través del
Cuaderno de Séneca, para que puedan llevar un seguimiento del trabajo del
alumnado. En todo caso, se facilitará a las familias el acceso al material
didáctico que sea necesario para la continuidad de los procesos de
enseñanza-aprendizaje.
Por otra parte, los centros docentes deberán prestar una
especial atención a la tutorización del alumnado de segundo de Bachillerato así
como aquel susceptible de presentarse a las Pruebas de Evaluación para el
Acceso a la Universidad.
Sobre la información a las familias y al alumnado sobre el
proceso de evaluación continua, en el caso de coincidir el periodo de
suspensión con las fechas establecidas por el centro, se arbitrarán las medidas
para hacerles llegar esta información.
Para la organización y funcionamiento de los centros se
promoverá el sistema de teletrabajo entre el personal docente y el de
administración y servicios, siempre que sea compatible con la continuidad de
las actividades educativas previstas. Este mismo sistema se utilizará para las
actuaciones necesarias para la gestión del centro, adoptando por el equipo
directivo las medidas que se consideren oportunas en aquellas que requieran la
presencia física de personal en el centro.
Durante el periodo de suspensión de la actividad docente
presencial, los centros continuarán desarrollando su actividad administrativa,
y en particular, el procedimiento de escolarización y a las convocatorias
abiertas que supongan la presentación de documentación en los centros
educativos.
Siempre que sea posible, se recomendará a las familias por
los cauces de comunicación indicados anteriormente, que utilicen
preferentemente los formularios de solicitud telemática disponibles en lugar de
acudir a los centros educativos.
La Consejería de Educación y Deporte ha suspendido también
todos los usos de las instalaciones de los centros docentes fuera del horario
escolar: aula matinal, comedor escolar y
actividades extraescolares, así como el uso de las instalaciones de los centros
docentes públicos andaluces. Además, de los servicios complementarios de la
enseñanza, y en general todos los planes, programas, proyectos y servicios que
requieran la presencia del alumnado en el centro.
Las residencias escolares y las escuelas hogar suspenderán
su actividad por el mismo periodo que el de la actividad docente presencial.
Respecto a los servicios de apoyo a la educación, las
instrucciones establecen que los equipos de orientación educativa y los centros
de profesorado desarrollarán sus funciones siempre que sea posible utilizando
el sistema de teletrabajo y los asesores y asesoras de formación, en la medida
que sea posible, se pondrán a disposición del profesorado de los centros
educativos para el apoyo en la utilización de los medios y herramientas
establecidos.
Se suspenden también as actividades formativas en empresas
correspondientes a los módulos de Formación Profesional en centros de trabajo,
a los proyectos de Formación Profesional Dual y a los módulos de prácticas
externas de las enseñanzas de régimen especial. Durante este periodo excepcional
se realizarán actividades no presenciales programadas por el profesorado
responsable del seguimiento.
En el caso de que durante el periodo de suspensión de la
actividad docente presencial estuviera prevista la realización de pruebas para
la obtención de titulaciones o para el acceso a enseñanzas, éstas estarán
sujetas a una posible reprogramación de las fechas dependiendo de la duración
de estas circunstancias excepcionales. En este caso se anunciará la fecha de
dicha convocatoria en la página web de la Consejería de Educación y Deporte,
con antelación suficiente.
Los directores y directoras de los centros darán traslado a
la comunidad educativa del contenido de la presente instrucción. La inspección
educativa desarrollará sus funciones y atribuciones en los términos
establecidos en la normativa que le es de aplicación, con excepción de lo
relativo a las visitas y a las reuniones en los centros educativos. Además, serán los
encargados de asesorar a los centros docentes y de velar por la aplicación de lo
dispuesto en esta instrucción.