Actividad cultural desarrollada en Lopera. Foto: Antonio Marín. |
La finalidad no es otra que adoptar un paquete de medidas
que permitan a los beneficiarios potenciales (de 2020) y actuales (de 2018) de
las subvenciones de la Orden de 15 de octubre de 2018, un desarrollo y
ejecución de la actividad subvencionada lo más compatible posible a la adversa
situación actual, generada por la paralización de la actividad económica a
causa de la Covid-19.
Con estas medidas se adecúa la normativa existente a las
nuevas necesidades de las pequeñas y medianas empresas culturales para
garantizar la subsistencia en el mercado de las pymes culturales y el mantenimiento
del empleo, en un sector especialmente castigado por la paralización de la
actividad, al tratarse en su mayoría de pequeñas empresas, por la intermitencia
y temporalidad de su actividad, y por tener que empezar desde cero en diversos
aspectos de su actividad.
La modificación de estas bases reguladoras, publicadas el 9 de junio en el BOJA, se producen dentro del
nuevo marco europeo dictado con la finalidad de adoptar medidas específicas
para ofrecer una flexibilidad excepcional en el uso de los Fondos Europeos en
respuesta a las nuevas necesidades de las pymes culturales.